Lo que te ocultarán del concierto de Marc Anthony en Marbella. ACTUALIZADO A 30/07/16


Y llegó el 9 de julio. Yo estaba entre esos fans ilusionados por ver a su artista Marc Anthony en Andalucía.

Compré las entradas directamente a la promotora a través de la web: http://conciertomarcanthony.marbellaworlddj.com/ .

En mi caso decidí comprar las entradas VIP ya que se describía, y copio literalmente:
Entrada prohibida a menores de 16 años. Esta entrada incluye: - Entrada por puerta exclusiva - Situación próxima al escenario - Servicio de barra y aseos exclusivos

Como detalle, ya os comento que en la zona platinium, aún más cercana al escenario que la zona VIP, había una niña que aseguro que le quedaban muchos años para cumplir los 16. 

Según la promotora del evento era la edad mínima para el acceso al concierto.

Abrieron el acceso al “recinto” sobre las 19 horas. Y sinceramente, en la cola se estaba mucho mejor. Llegó el momento típico de los conciertos en el que hay personas que no saben que necesitas unos milímetros más para poder respirar. Luego están los que se cuelan (intentan colar), y las personas que carecen de algún tipo de educación o respeto. Eso tristemente era algo de esperar, pero sinceramente, en un concierto de un artista de público adulto, no me esperaba que me sintiese tan incómoda.

El calor apretaba duramente y no corría ni una pizca de aire, a la vez que nos preguntábamos dónde estaría la barra y los wc exclusivos que iban incluidos en el precio de nuestra entrada VIP.

Una persona de mi lado consiguió llegar a la barra (una para todo el recinto, igual que los baños). Ah no, ¡perdona! los Platinium sí que tenían wc exclusivos. 

Bueno, lo dicho, este chico llegó a la barra y cuando consiguió volver nos comenta que el precio de la botella chica es de 5 euros, así como el de cualquier refresco de grifo en un vaso pequeño.

A todo esto os comento que en el acceso al recinto nos retiraron las botellas de agua.

Empezábamos a mirar el reloj puesto que tal como la promotora plasmó en la entrada, el concierto comenzaba a las 21 horas, y duraría 4 horas y 30 minutos.

En ese momento, empieza un espectáculo totalmente descoordinado e improvisado de tres chicos que salieron al escenario. Al menos esa era nuestra sensación al ver que cada uno bailaba lo que le daba la gana y se miraban para copiar pasos.


Entretanto, me entero por las personas de mi alrededor que actuaba un telonero. Algo que en ningún momento conocí a través de internet ni mucho menos la web de la promotora.

Pues bien, el telonero comenzó a las 22:15 horas. Por lo tanto, el retraso ya es considerable.
La calidad del sonido la podéis escuchar en el vídeo adjunto.


Eran las 23:15h cuando aún no había empezado la actuación de Marc Anthony.

La insatisfacción con la organización, el incumplimiento unilateral por parte de la promotora, los múltiples mareos y desmayos, entre otros, causaban ya un malestar prácticamente generalizado que se plasmó en abucheos y gritos.



Pues bien, hasta las 23:30 horas no comenzó la actuación del artista principal.

Desconozco a qué hora terminó pues yo, como cientos de personas nos tuvimos que ir por el excesivo calor y la imposibilidad de llegar a la barra para refrescarnos.

Fuera, decenas de personas con las que hablaba me comentaron que ellos, como yo, estaban en la zona VIP pero se habían tenido que ir para evitar desmayos.

A todo esto, ya me encontraba, vamos a decirlo bien, “FLIPANDO” con todo lo ocurrido.

También nos ocurrió que comenzábamos a ver personas que se sentaron en cuatro gradas que había en el recinto (dos en cada lateral). Hecho curioso puesto que en ningún momento se vendieron entradas en las que se indicasen que eran con asiento.

Tras mi mareo y salirme del mogollón en el que me encontraba en la supuesta zona VIP, hablo con dos empleados de la promotora a fin de que me dejaran sentarme en la grada, que tenía mi entrada y me encontraba mareada, por tanto prefería estar sentada.
  • Uno de ellos me contestó que era sólo para Platinium.
  • Otro de ellos alegó que su compañero me había mentido y que tenían órdenes de dejar entrar a quien ellos decidiesen.
En fin, cada uno que piense lo que crea que ocurrió.

Mi sensación ya era de absoluta incredulidad.

A todo esto me fui a sentar al suelo donde decenas de personas resignadas también comentaban el desastre de organización, así como muchos hablaban de un auténtico robo.

Desconocemos el número final de asistentes, el aforo del lugar, y si cumplían con la normativa sobre puertas de emergencia, pero la realidad era tal, que decidimos irnos.

El número de personas que se fueron antes de que acabase el concierto era incalculable.

Por mi parte voy a reclamar extrajudicialmente y ante los Juzgados si se me niegan mis derechos, a la promotora. ¿Razón? Principalmente:
  • entradas VIP no disponían ni de wc ni barra exclusivos
  • el concierto de Marc Anthony no comenzó a las 21 horas, sino a las 23:30 horas.
Asimismo me pondré en contacto con el Ayuntamiento de Marbella a fin de que se inicie la oportuna investigación.

Una pena ir a ver a un artista cuya música te gusta, y encontrarte con tal desastre. No entiendo como Marc Anthony pudo permitir esto. Porque además, nadie dio explicaciones sobre lo ocurrido, ni siquiera el cantante sobre el retraso en su actuación, qué menos.

Por cierto, la promotora fue: Marbella World Djs SL 

Navegando un poco por internet conoceréis más datos, como que con menos de dos años de actividad, se ha encargado del único concierto en Andalucía de un artista internacional.

Espero que con este post al menos los medios de comunicación se replanteen comunicar en sus titulares que Marc Anthony ofreció un gran concierto anoche en San Pedro de Alcántara – Marbella, y se hagan eco de las numerosas quejas por parte de los asistentes, muchas de ellas ya manifestadas desde ayer vía twitter.

Un viaje de más de una hora y media, peajes, entrada que no cumple con lo descrito, retraso en la actuación…

**ACTUALIZACIÓN 11/07/16: Por mi parte no vi ninguna ambulancia para un evento de tal nivel de asistencia, muchos dudamos del cumplimiento del aforo permitido, y casualmente con cada persona con la que hablaba nos había costado la entrada un precio diferente para la misma zona (independientemente de promociones). 

** Si tienes fotografías o vídeos sobre los múltiples mareos o desmayos, situaciones de estrés, o cualquier otro tema referido en el post, puedes enviármelo o adjuntarlo a tu comentario. Por mi parte dispongo de más material fotográfico pero lo reservo para la investigación que espero se inicie por el Ayuntamiento de Marbella con el que ya me he puesto en contacto y me comunicaré por escrito en breve.

** ACTUALIZACIÓN 30/07/16:


  • Para ponerte en contacto con el Ayuntamiento de una forma sencilla, dirígete vía e-mail al Área de Turismo del Ayuntamiento de Marbella turismo@marbella.es, en particular a la atención de Miguel Luna.

    En mi caso han contestado diciendo lo siguiente:                                     
     

  • Si deseas reclamar a la Promotora, hazlo a través de su formulario de contacto:  http://conciertomarcanthony.marbellaworlddj.com/contacto/

    A mí me han respondido lo siguiente:

Como podréis ver la Promotora se lava las manos. Resulta impresionante. Yo acudiré por vía judicial contra ésta (pero no en agosto, que es mes inhábil). Recordar que para ello necesitáis copia de las entradas o del número de referencia que os llegó al móvil, así como todas las pruebas posibles de que no cumplieron con lo publicado.

También os informo de que hay medios de comunicación interesados en hacerse eco de lo ocurrido, un hecho que nos ayudará en nuestra lucha.


Desde aquí os invito a todos a como mínimo, solicitar al Ayuntamiento una investigación así como de que os informen del resultado de la misma; así como a reclamar a través de la web a la Promotora por los incumplimientos que os afectasen en cada caso concreto.


Si deseas contactar conmigo para unirte a la demanda contra la promotora o para formalizar un escrito al Ayuntamiento, después de haber hecho los pasos anteriores, puedes hacerlo a través del formulario de contacto de mi blog.

Incapacidad y poder preventivo


Hoy quiero tratar un tema que si bien la mayoría de padres con hijos que padecen alguna deficiencia o enfermedad conocen a través de fundaciones (las cuales hacen una gran labor); en el caso de adultos que llegan a padecer una enfermedad o deficiencia física o psíquica de carácter permanente, no es tan habitual.

Todos nacemos disfrutando de la capacidad civil y obtenemos la capacidad de obrar con la mayoría de edad. Si bien, ésta última que es la que nos permite ejercitar derechos y cumplir obligaciones, lo que en el día a día cotidiano se convierte en poder firmar contratos de compraventa, de arrendamiento, aceptar una herencia, etc. Dicha capacidad puede ser retirada parcial o totalmente por la vía de la incapacitación, precisando entonces la asistencia de otra persona que será un tutor o un curador en la mayoría de casos.

Por ello, porque la retirada de la capacidad de obrar es un asunto de gran importancia, tan sólo puede ser declarada por un Juez mediante Sentencia, y tras los trámites del procedimiento judicial oportuno.

Aunque en este post me quiero centrar en el poder preventivo, os adelanto que en el proceso judicial será necesario:
  • prueba documental: informes médicos, informes sociales, certificado de minusvalía, y cuantos otros documentos acrediten la presunta incapacitación, certificado administrativo de dependencia.
  • audiencia de los parientes más próximos a fin de que sean preguntados por diversas cuestiones, tanto sobre el presunto incapaz como sobre quien consideran la persona más idónea para ser su tutor o curador.
  • exploración del presunto incapaz por el Médico forense
  • examen del presunto incapaz por el Juez

Ahora bien, ¿qué es y para qué sirve el poder preventivo?

Es un documento público autorizado ante Notario (escritura pública) y que en los últimos años se ha incrementado en España, probablemente por la mayor conciencia sobre la defensa de nuestros intereses cuando una demencia senil (en el caso más habitual) nos deje incapacitados y no nos permita manifestar nuestra voluntad.

El poder al que en este caso me refiero es en particular el que comienza a surtir efectos cuando el poderdante (no antes) sufre la incapacidad. Es el poder preventivo en sentido estricto.

Es decir, si a una persona adulta le detectan, por ejemplo, principios de alzhéimer, podría acudir al Notario a otorgar poder preventivo a favor de la persona que considere de su mayor confianza a fin de que cuide de sus intereses cuando al presunto incapaz ya no le sea posible, siendo ésta persona nombrada tutor. Dicha persona puede ser física o jurídica.

De este modo, el presunto incapaz deja manifestado previamente qué persona desea que cuide de sus intereses personales y patrimoniales, siendo realmente una medida de autoprotección más que un poder en sí mismo.

En la práctica, suele ser habitual:
  • que el poderdante designe un pariente
  • que designe a una fundación

Asimismo unos padres podrán dejar estipulado en testamento u otra escritura pública cualquier disposición relativa a sus hijos menores de edad o incapacitados.

Cabe decir que en ambos casos será inscrito en el Registro Civil, puesto que cuando se inicia un procedimiento de incapacitación judicial el Juez recabará información de dicho registro así como del registro de últimas voluntades (si existe testamento) a fin de comprobar contrariedades.
Artículo 223 Código Civil, redactado por el artículo 9.1 de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad:
“Los padres podrán en testamento o documento público notarial nombrar tutor, establecer órganos de fiscalización de la tutela, así como designar las personas que hayan de integrarlos u ordenar cualquier disposición sobre la persona o bienes de sus hijos menores o incapacitados.Asimismo, cualquier persona con la capacidad de obrar suficiente, en previsión de ser incapacitada judicialmente en el futuro, podrá en documento público notarial adoptar cualquier disposición relativa a su propia persona o bienes, incluida la designación de tutor.Los documentos públicos a los que se refiere el presente artículo se comunicarán de oficio por el notario autorizante al Registro Civil, para su indicación en la inscripción de nacimiento del interesado.En los procedimientos de incapacitación, el juez recabará certificación del Registro Civil y, en su caso, del registro de actos de última voluntad, a efectos de comprobar la existencia de las disposiciones a las que se refiere este artículo”.
Hay que tener en cuenta la triste realidad de muchas situaciones, y quizás por ello yo, como abogada, suelo plantear en mi blog cuestiones que en un momento pleno y de felicidad cuestan entender (poderes preventivos, separación de bienes, por ejemplo), pero que me siento obligada a al menos daros a conocer, dado el día a día de un despacho de abogados.

El poder preventivo estricto del que he dado unas pinceladas en este post, evita que una persona moralmente discutible, se aproveche de una persona con enfermedad o deficiencia física o mental. Y en su caso, evita a las personas que posteriormente conocen éstos hechos ilegítimos, el inicio de procedimientos judiciales de impugnación de testamentos, por ejemplo.

Espero que éste post os haya ayudado. Y si os planteáis iniciar un proceso de incapacitación judicial para un familiar, no dudéis en contactar conmigo.